reducción de jornada de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción Sublema de reducción de jornada Lab. Disminución temporal de entre un 10-70 % de la jornada de trabajo computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual.Durante el período de reducción de jornada no podrán realizarse horas extraordinarias salvo fuerza mayor. ET, art. 47.2. ArgentinaLey 14546, sobre el régimen jurídico de los viajantes, sancionada el 29-IX-1958Argentinaley 14786, reguladora de los Conflictos de Intereses, promulgada el 2-I-1959Argentinaley 18204, reguladora del Descanso Semanal, de 12-V-1969ArgentinaLey 20744, sobre régimen de Contrato de Trabajo, promulgada el 20-IX-1974Argentinaley 22655, sobre los Feriados Nacionales, de 8-X-1982ArgentinaLey 23041, reguladora del Sueldo Anual Complementario, promulgada el 2-I-1984ChileCódigo del Trabajo de Chile, promulgado el 31-VII-2002ColombiaDecreto Ley 2663 de 1950, sobre Código Sustantivo del Trabajo, publicado en el Diario Oficial 27407, el 9-IX-1950.Costa RicaLey 2, de 27-VIII-1943, de Código de Trabajo, de Costa RicaMéxicoLey Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1-IV-1970suspensión del contrato de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producciónreducción de jornadareducción de la sanción por pronto pago