Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

presunción de paternidad no matrimonial

Sublema de presunción
Civ. y Proc. En la legislación catalana, presunción iuris tantum de que es padre del hijo no matrimonial, bien el hombre con el que la madre ha convivido en el período legal de la concepción, bien el hombre con el que la madre ha mantenido relaciones sexuales en el período legal de la concepción, o bien el hombre que ha reconocido la paternidad tácitamente o de modo diferente al establecido por la ley.
Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia, art. 235.10.