Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

orden sagrado

Can. Sacramento por medio del cual se instituyen ministros sagrados destinados a enseñar, regir y santificar en la persona de Cristo (CIC, c. 1008). En la Iglesia occidental sus grados son el episcopado, el presbiterado y el diaconado (CIC, c. 1009), aboliendo así la antigua distinción entre órdenes mayores y menores. Pablo VI, con el motu proprio Ministeria quaedam, de 15 de agosto de 1972, suprimió las órdenes menores y el subdiaconado. Las anteriores órdenes menores reciben entonces el nombre de ministerios y son solo dos: el lectorado y el acolitado. Se entra en el estado clerical con la ordenación diaconal, con la cual se inicia la obligación del celibato.
El término diácono y su cometido se fija ya en la comunidad madre de Jerusalén (Hch 6, 1-7). Se distingue el diaconado permanente del transitorio. Este último se recibe antes del sacerdocio y es temporal hasta la ordenación (CIC, c. 1301 § 1). El sacramento del orden imprime carácter y quien lo recibe no pierde nunca su condición sacerdotal, aun en el caso de que sea dispensado de las obligaciones contraídas.