Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

obra hidráulica de interés general

Sublema de obra hidráulica
Adm. Obra hidráulica pública cuya finalidad responde a alguna de las características de las obras hidráulicas que las hacen merecedoras de esa atribución por ministerio de la ley o que han sido objeto de una declaración expresa como de interés general por ley o real decreto, previo el desarrollo del procedimiento administrativo establecido.
Supone la competencia del Estado sobre la construcción, financiación y explotación de esa obra con independencia de los convenios o encomiendas de gestión que se puedan firmar con comunidades autónomas o comunidades de usuarios para ello. TRLA, art. 46.

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