Diccionario panhispánico del español jurídico

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comunidad de usuarios

Sublema de comunidad
Adm. y Amb. Corporación de derecho público que deben constituir forzosamente los usuarios del agua y otros bienes del dominio público hidráulico de una misma toma o concesión, que depende de un organismo de cuenca y tiene por objeto la utilización y aprovechamiento de aguas públicas en régimen comunitario.
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, art. 81 ; Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, art. 198.

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