Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

modificación puntual

1. Adm. Modificación concreta y limitada de un plan de urbanismo.
2. Amb. En las autorizaciones ambientales, modificación que, no pudiendo calificarse de sustancial, requiere el cambio de alguna parte de la resolución vigente que se refiera a las condiciones de funcionamiento.
Ley 11/2014, de 4-XII, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, art. 4.