Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ministro de Estado

Sublema de ministro, tra
Adm. y Const.; Bol., Ec. y Guat. Funcionario público nombrado por el titular del Ejecutivo, competente para el despacho de todos los asuntos inherentes a su ministerio sin necesidad de autorización alguna del presidente de la República, salvo en los casos expresamente señalados en leyes especiales.