Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

medida cautelar real

Sublema de medida cautelar
Pen. Actuación dirigida a asegurar el cumplimiento de las responsabilidades pecuniarias derivadas de la comisión de un hecho delictivo, así como a reparar las consecuencias dañosas del mismo.
«Las medidas cautelares dirigidas al aseguramiento de futuras responsabilidades civiles derivadas del delito carecen, por su propia naturaleza asegurativa, de justificación alguna cuando se dicta un pronunciamiento absolutorio por no ser los hechos probados constitutivos de delito alguno ni por ello existir responsabilidad civil derivada de delito» (STS, 18-IX-2000, rec. 1158/1999).