- medida cautelar en la jurisdicción social
- Lab. y Proc. Cada una de las medidas que tiendan a preservar la efectividad de la sentencia que pudiera dictarse, cuando la demanda se refiera a protección frente al acoso, así como en los procesos seguidos a instancia de la trabajadora víctima de la violencia de género para el ejercicio de los derechos que le sean reconocidos en tal situación; por ejemplo, el embargo preventivo de bienes, la suspensión de la relación o la exoneración de prestación de servicios, el traslado de puesto o de centro de trabajo, la reordenación o reducción del tiempo de trabajo, etc.Con carácter general, en esta materia la Ley reguladora de la jurisdicción social se remite a la normativa contenida en la
Ley de Enjuiciamiento Civil, arts. 721-747 , dejando a salvo las peculiaridades del proceso social.Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, arts. 79 y 180.
Sublema de medida cautelar