Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

jurado de comunidad de usuarios

Adm. Órgano al que corresponde conocer las cuestiones de hecho que se susciten entre los usuarios de la comunidad en el ámbito de las ordenanzas e imponer a los infractores las sanciones reglamentarias, así como fijar las indemnizaciones que puedan derivarse de la infracción.
Sus procedimientos son públicos en la forma que determine la costumbre y el reglamento, siendo sus fallos ejecutivos. Cuando se trata de una comunidad de regantes, el jurado suele denominarse jurado de riego. TRLA, art. 84.6 ; RDPH, arts. 223 y sigs.

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