Diccionario panhispánico del español jurídico

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imposibilidad de ejecución

Proc. Régimen excepcional en el procedimiento de ejecución que se produce cuando las sentencias no se pueden ejecutar en sus propios términos. El órgano judicial fijará la indemnización que sea procedente en la parte en que aquella no pueda ser objeto de cumplimiento pleno.
LOPJ, art. 18.2 . En el orden social de la jurisdicción se prevé la imposibilidad de ejecución para las sentencias firmes de despido con condena u opción por readmisión en las que esta no es posible por cierre de la empresa obligada o cualquier otra causa de imposibilidad material o legal: «La solución indemnizatoria tradicional en los casos en que la readmisión sea imposible por causas que afecten al propio trabajador (fallecimiento y declaración de Incapacidad Permanente) o a la misma relación laboral (expiración del plazo en contratos temporales). Y es la de que la indemnización legalmente prevista para el despido improcedente ofrece —como anteriormente se apuntó— destacadas peculiaridades respecto de la establecida en Derecho común» (STS, 4.ª, 25-VI-2013, rec. 2113/2012).

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