Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

imposibilidad de ejecución por causas de utilidad pública o interés social

Adm. Conjunto de circunstancias que impiden el cumplimiento de la sentencia en sus justos términos por existir peligro cierto de alteración grave del libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, temor fundado de guerra o quebranto de la integridad del territorio nacional.
«Excepcionalmente podrán dejarse sin efecto las sentencias en dos supuestos: imposibilidad de ejecución, en cuyo caso el órgano judicial adoptará las medidas necesarias que aseguren la mayor efectividad de la ejecutoria y fijará la indemnización que proceda en la parte que no pueda ser objeto de cumplimiento pleno, y causas de utilidad pública o interés social declaradas expresamente por el Gobierno, en cuyo caso podrán expropiarse los derechos reconocidos frente a la Administración Pública en una sentencia firme antes de su ejecución, si bien el Tribunal a quien corresponda la ejecución será el único competente para señalar por vía incidental la correspondiente indemnización» (STS, 3.ª, 27-VII-2012, rec. 4217/2011).