Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

fundación del sector público

Sublema de fundación1
Adm. Fundación que se crea con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de la Administración General del Estado, sus organismos públicos o demás entidades del sector público, o cuyo patrimonio fundacional, con carácter de permanencia, está formado en más de un 50 % por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, art. 44.

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