Diccionario panhispánico del español jurídico

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firmeza de la sanción

Adm. Condición de la sanción contra la que no cabe ningún tipo de recurso, ya sea administrativo o jurisdiccional.
Son, por ello, firmes las sanciones contra las que no se hubiera interpuesto en plazo el recurso administrativo o contencioso que fuera procedente (también conocidas como actos consentidos), así como las que, habiendo sido recurridas, hayan sido confirmadas por sentencia. LJCA, art. 28.