- entrega de la cosa entrega de la cosa
- Civ.; Arg. Acto por el cual el vendedor transmite al comprador el dominio, mediante la tradición de la cosa, que es el modo suficiente para transmitir o constituir derechos reales que se ejercen por la posesión.La entrega debe hacerse dentro de las veinticuatro horas de celebrado el contrato.
CCCN , titulo IV, capítulo I, sección 6, párrafo 3.º. Stiglitz, Rubén S.:Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Contratos en particular (2015).
Sublema de entrega1