Diccionario panhispánico del español jurídico

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entrega vigilada

Sublema de entrega1
Adm., Pen. y Proc. Técnica para la investigación de los delitos consistente en permitir la circulación de bienes y ganancias procedentes de determinadas actividades delictivas, especialmente del tráfico de drogas, sin interferencia obstativa de la autoridad o sus agentes y bajo su vigilancia, con el fin de descubrir o identificar a las personas involucradas en la comisión de algún delito y también prestar auxilio a autoridades extranjeras en esos mismos fines.
LECrim, art. 263 bis (redacción dada por la LO 5/2010). Pueden otorgar la autorización el juez de instrucción competente y el Ministerio Fiscal, así como los jefes de las unidades orgánicas de policía judicial y sus mandos superiores. Directiva 2014/41/CE del Parlamento y el Consejo relativa a la orden europea de investigación en materia penal; Convenios de Nueva York de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional (15-XI-2000) y contra la corrupción (31-X-2003). Código Orgánico Integral Penal, de Ecuador, art. 485. Ley 27319 de Delitos Complejos, de Argentina, arts. 15-16.

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