Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

defensor judicial

Sublema de defensor
Civ. y Proc. Persona designada judicialmente con habilitación específica para actuar de manera transitoria en defensa de los intereses del menor o persona con discapacidad en aquellos casos en que no funcionen con normalidad los mecanismos de representación legal o las medidas de apoyo.
CC, arts.235 (respecto de los menores) y 295 (respecto de las personas con discapacidad); Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria, arts. 27 y sigs.; LEC arts. 7 y 8. Código Civil de Puerto Rico, arts. 69 y 112, 31, LPRA, § 5511 y 5633. Rivera Marrero v. Santiago Martínez, 203, DPR 462, Puerto Rico, 2019.

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