- defensor judicial
- Civ. y Proc. Persona designada judicialmente con habilitación específica para actuar de manera transitoria en defensa de los intereses del menor o persona con discapacidad en aquellos casos en que no funcionen con normalidad los mecanismos de representación legal o las medidas de apoyo.
CC, arts.235 (respecto de los menores) y295 (respecto de las personas con discapacidad);Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria, arts. 27 y sigs .;LEC arts. 7 y 8. Código Civil de Puerto Rico, arts. 69 y 112, 31, LPRA, § 5511 y 5633. Rivera Marrero v. Santiago Martínez, 203, DPR 462, Puerto Rico, 2019 .
Sublema de defensor