Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

decomiso ampliado

Sublema de decomiso
Pen. Decomiso de bienes, efectos y ganancias pertenecientes a una persona condenada por ciertos delitos citados en el Código Penal, ordenado por el juez o tribunal cuando resuelva, a partir de indicios objetivos fundados, que los bienes o efectos provienen de una actividad delictiva, y no se acredite su origen lícito.
CP, art. 127 bis.