Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

consecuencia accesoria

Sublema de consecuencia
Pen. Consecuencia jurídica imponible por la comisión de un hecho delictivo, que el Código Penal no considera pena ni medida de seguridad, que puede consistir en el decomiso, en diversas privaciones de derechos a grupos o entidades sin personalidad jurídica y en la toma de muestras biológicas para obtención de identificadores de ADN.
CP, título VI, libro I, arts. 127-129 bis.

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