Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cuenca hidrográfica intercomunitaria

Adm. Cuenca hidrográfica cuya superficie se extiende por el territorio de más de una comunidad autónoma, siendo el Estado quien ejerce las competencias sobre la misma en función del criterio sentado por el artículo 149.1.22 de la Constitución Española ; por la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas; y por la interpretación favorable a dicho criterio que estableció la STC 227/1988, de 29 de noviembre.
TRLA, arts. 16 y 17.

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