Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cooperador necesario del delito, cooperadora necesaria del delito

Pen. Persona que contribuye a la ejecución del hecho delictivo de otro con un acto, anterior o simultáneo, sin el cual dicho delito no se habría efectuado. El cooperador necesario contribuye al hecho del autor principal. Prestó su pistola para que otro realizara el robo.
CP, art. 28 b).

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