- contrato de trabajo para personal investigador en formación
- Lab. Contrato de trabajo que pueden concertar entidades públicas o privadas con graduado universitario beneficiario de programas de ayuda dirigidos al desarrollo de actividades de formación y especialización científicos y técnicos a través, como mínimo, de los correspondientes estudios oficiales de doctorado, sin perjuicio de las especialidades previstas en la
Ley 44/2003 , de ordenación de las profesiones sanitarias.Una vez que el personal investigador en formación termine el período de beca y haya obtenido el diploma de Suficiencia Investigadora, el organismo, centro o universidad de adscripción deberá formalizar un contrato en prácticas que cubra, como máximo, los años tercero y cuarto desde la concesión de la ayuda a la investigación, con la finalidad de realizar la correspondiente tesis doctoral.
Sublema de contrato de trabajo