Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

contrato de compraventa internacional

1. Int. púb. y Merc. Contrato caracterizado por que las partes del mismo tienen sus establecimientos o domicilios en Estados distintos; siempre se refiere a cosas muebles, y quedan excluidas las ventas de inmuebles, la propiedad intelectual o industrial, las cosas para uso personal o familiar y los valores mobiliarios.
La disparidad de criterios regulatorios llegó a la aprobación del Convenio de Viena de 11 de abril de 1980 sobre venta internacional de mercancías.
2. Int. priv. En sentido más amplio, cualquier contrato de compraventa que tenga un elemento de extranjería relevante, como el establecimiento o residencia de las partes, el lugar de producción o entrega de la mercancía, o del pago del precio.