- concurso medial de infracciones administrativas
- Adm. Concurso real de infracciones administrativas que tiene lugar cuando una infracción se realiza como medio o instrumento necesario para realizar otra distinta, y que se castiga con una única sanción más grave de la que correspondería a una sola de las infracciones en concurso —pena por el delito más grave en su mitad superior, según el
artículo 77.3 CP , o sanción por la infracción más grave pero no en su mitad superior, según elartículo 29.5 LRJSP —, pero no por aplicación de la garantía non bis in idem, sino en virtud del principio de proporcionalidad.
Sublema de concurso de infracciones