Diccionario panhispánico del español jurídico

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concurso ideal de infracciones administrativas

Adm. Concurso de infracciones en el que un sujeto comete dos infracciones administrativas distintas con un solo hecho que vulnera dos bienes jurídicos diferentes o el mismo bien jurídico dos veces.
En defecto de norma básica estatal que prevea esta figura, las leyes sectoriales que sí lo hacen, o bien consagran la regla general de suma de castigos (art. 44.2 LSSI), o bien establecen alguna forma de matización (art. 59.3 LSV) similar, aunque más favorable, a la que dispone el artículo 77.2 CP para el concurso ideal de delitos —pena por el delito más grave en su mitad superior— pero no por aplicación de la garantía non bis in idem, sino en virtud del principio de proporcionalidad. La jurisprudencia, en defecto de norma aplicable, resuelve los concursos ideales de infracciones o aplicando la solución del artículo 77.2 CP (STS, 3.ª, 9-VI-1999, rec. 5855/1993) o utilizando la regla general de acumulación de castigos sin ninguna moderación (STS, 3.ª, 15-VII-2002, rec. 6171/1996). CP, art. 77.2.

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