Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

comunidad campesina

Sublema de comunidad
Const.; Arg. y Perú Organización con personería jurídica integrada por familias con vínculos ancestrales, sociales, económicos y culturales que ocupa determinado territorio y que se sustenta en la propiedad comunal de la tierra, el trabajo comunal y la ayuda mutua.
Sus autoridades ejercen función jurisdiccional. Constitución Política del Perú, art. 89.