Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

comunicación escrita de falta laboral

Sublema de comunicación
Lab. Notificación mediante carta, documento o cualquier papel manuscrito, mecanografiado o impreso de incumplimientos de la normativa laboral.
«Corresponde al empresario la facultad de imponer la sanción que estime apropiada, dentro del margen que establezca la norma reguladora del régimen de faltas y sanciones» (STS, 4.ª, 5-II-2008, rec. 1215/2007).