- comunicación escrita de falta laboral
- Lab. Notificación mediante carta, documento o cualquier papel manuscrito, mecanografiado o impreso de incumplimientos de la normativa laboral.«Corresponde al empresario la facultad de imponer la sanción que estime apropiada, dentro del margen que establezca la norma reguladora del régimen de faltas y sanciones» (
STS, 4.ª, 5-II-2008, rec. 1215/2007 ).
Sublema de comunicación