Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

claustro de profesores de los centros públicos

Adm.; Esp. Órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro con la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
Lo preside el director y está integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro. LOE, art. 128.

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