Diccionario panhispánico del español jurídico

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censo consignativo

Sublema de censo1
Civ. Contrato por el que el censualista entrega un capital al censatario, que lo incorpora a su patrimonio definitivamente, estableciendo a cambio en un inmueble de su propiedad un gravamen perpetuo o por tiempo indefinido.
El censatario no está obligado a devolver el capital, sino solo a pagar la pensión o canon que se hubiera establecido. Pero puede redimir la finca gravada devolviendo el capital. En caso de impago el censatario tiene el derecho real sobre la finca para obtener de esta la suma necesaria para cubrir las pensiones que se le adeudan. CC, art. 1657 .