- capacidad procesal en lo contencioso-administrativo
- Adm.; Nic. Capacidad para demandar que tienen las personas naturales o jurídicas, así como los menores que hubieren cumplido 15 años que ostentaren derechos o intereses propios.
Ley n.º 350 , de Regulación de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, art. 26.
Sublema de capacidad procesal, capacidad