- beneficio de separación de patrimonios
- Civ.; Bol., Chile, Col., Par. y Ur. Acción que asiste a los acreedores del causante y a los legatarios para pedir la separación de bienes pertenecientes al difunto y al heredero.Su ejercicio les confiere el derecho de cobrar su crédito con preferencia a los acreedores del heredero.
Código Civil, de Bolivia , art. 1055.Código Civil, de Colombia, art. 1435 .Código Civil, de Chile , art. 1378.Código Civil de Uruguay, art. 1181. Ley 1183, de Código Civil, de Paraguay, art. 2485.
Sublema de beneficio