Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ayudante

Adm. Personal docente e investigador contratado por la Universidad entre quienes estén en condiciones de ser admitidos en los estudios de doctorado o ya hayan sido admitidos a ellos.
La finalidad del contrato es completar la formación docente e investigadora del contratado, a cuyos efectos el ayudante puede colaborar en tareas docentes de índole práctico hasta un máximo de sesenta horas anuales. El contrato será de carácter temporal, con un mínimo de un año y un máximo de cinco, siendo la dedicación a tiempo completo. LOU, art. 49.

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