Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

autonomía universitaria

Adm. Capacidad distintiva de las universidades calificada como derecho fundamental por la STC 26/1987, de 27 de febrero, fundamentada en el principio de libertad académica que se manifiesta en las libertades de cátedra, de investigación y de estudio. El contenido de la autonomía universitaria se establece en la LOU y comprende distintas facultades, como la elaboración de los estatutos de la Universidad, la elección de los órganos de gobierno y representación, la elaboración y aprobación de planes de estudio.
CE, art. 27.10 ; LOU, art. 2; STC 26/1987, de 27 de febrero.