Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

anticipo

1. Gral. Dinero anticipado antes de su vencimiento.
2. Civ. Pago parcial a cuenta de otro o como señal.
Ley 59, de Código Civil, de Cuba, art. 286.
3. Fin. Cantidad cuya entrega se acuerda por el Gobierno para atender gastos inaplazables con el límite en cada ejercicio del 1 % de los créditos autorizados por la Ley Presupuestaria (anticipo de tesorería).
LGP, art. 60.
4. Fin. Provisión de fondos de carácter extrapresupuestario que se hace a pagadurías, cajas y habilitaciones para atención inmediata de gastos periódicos o repetitivos (anticipo de caja fija).
LGP, art. 69.
5. Lab. Parte del salario que, a petición del trabajador, se abona a cuenta del trabajo ya realizado antes de la fecha convenida.
TRET, art. 29.1.
6. Fin. Cada una de las cantidades dispuestas por el Banco de España sin intereses para atender necesidades del Tesoro Público.
7. Eur. Adelanto que se hace de parte del pago correspondiente a una ayuda agraria o medida de desarrollo rural a expensas de su posterior justificación.
Reglamento (UE) n.º 1306/2013, de 17 de diciembre, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, art. 75.

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