Diccionario panhispánico del español jurídico

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anticipación de la prueba

Sublema de anticipación
Proc. Instrumento procesal mediante el que se practica la prueba en la fase de investigación, cuando se prevea que no podrá realizarse en el juicio por motivos ajenos a la voluntad de quien solicita la anticipación.
Su práctica requiere salvaguardar las garantías de contradicción y respetar el derecho de defensa, así como documentarse y salvaguardar la cadena de custodia hasta la incorporación al juicio. «Los arts. 124.10 y 84.2 LRJS regulan una misma cuestión: la anticipación de la prueba compleja o voluminosa. Siendo eso así, en lugar de complementarse, se excluyen y prevalece el específico sobre el genérico. No por una deducción hermenéutica sino por mandato legal: conforme al art. 102.1 LRJS la regulación del proceso ordinario (a la que pertenece el art. 84.2) rige respecto de las modalidades procesales “en todo lo que no esté expresamente previsto” para estas. Ergo si hay previsión respecto una materia tan concreta como la examinada, huelga acudir al artículo 84.2…» (STS, 4.ª, 25-XI-2014, rec. 176/2013).