Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

anticipo reintegrable

Sublema de anticipo
Lab. Cantidad que el trabajador tiene derecho a obtener a cuenta de la consignación efectuada para recurrir en los supuestos de ejecución provisional de sentencias condenatorias al pago de cantidad y de despido, que debe ser devuelta por el trabajador caso de producirse la revocación de la sentencia, siendo el Estado responsable subsidiario.
«La empresa consignó ante el juzgado de lo Social n.º 1 de Vigo la cantidad objeto de indemnización, y la parte actora solicitó la entrega del 50 % de lo consignado en concepto de anticipo reintegrable, a lo que se accedió por auto de 19 de mayo de 2005» (STS, 4.ª, 10-XII-2007, rec. 4898/2006).