Diccionario panhispánico del español jurídico

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alcalde de la hermandad

Sublema de alcalde, desa
Hist. Oficial de la Administración de Justicia que conocía de materias relacionadas con alguna de las hermandades.
La Hermandad de Castilla constituía una jurisdicción especial, en la que los alcaldes de hermandad conocían en primera instancia los asuntos relacionados con el orden público de los lugares de su competencia. En segunda instancia conocía el alcalde mayor de la hermandad, en su caso, o bien la justicia ordinaria (alcaldes del rey, corregidor, Audiencia, etc.). Los alcaldes de la Hermandad de Álava presentan algunas peculiaridades, como ser miembros natos de las juntas generales, así como los de las encartaciones «que los pleitos de las hermandades y de los otros lugares e comarcas desta tierra de la Encartaçion que los libre el vedor e los alcaldes e cada vno dellos segun su fuero se acostunbro en los tienpos passados» (Fuero de las Encartaciones). Fueron también trasladados a los territorios de las colonias americanas.