Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

alcalde general de campo

Sublema de alcalde, desa
Hist. Alcalde nombrado por la Junta General de Álava, bien a iniciativa propia, bien de alguna villa o hermandad para resolver algún problema de orden público, tanto en los puertos como en las montañas.
La forma de nombramiento los hace diferentes a los alcaldes de hermandad. El nombramiento suele recaer sobre un justicia de la zona o localidad donde se ha producido el desorden. Debe ser persona de bien y una vez nombrado está protegido por seguro regio. Son oficiales con funciones de ayuda a la justicia y pueden también tener jurisdicción tanto para dar sentencias como para ejecutarlas; asimismo, pueden tener funciones de realización de pesquisas, en este caso acompañados de escribano. Están sometidos a juicio de residencia. También denominado alcalde general, alcalde de campo, alcalde de hermandad de campo o alcalde general de la provincia.

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