Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

administración de la comunidad autónoma

Adm.; Esp. Organización jurídico-pública, constituida por órganos jerárquicamente ordenados, que actúa con personalidad jurídica única y extiende su competencia sobre todo el territorio de la comunidad autónoma.
«No obsta a la anterior conclusión la doctrina invocada por el Juzgado de Sevilla en su Auto de 19 de septiembre de 2013, ajena por completo al caso que nos ocupa, pues la misma se refiere a la impugnación de actos provenientes de la Administración de las comunidades autónomas, lo que, como hemos visto, no ocurre en el presente caso, en que la actuación recurrida proviene de un órgano de la Administración periférica del Estado» (STS, 12-III-2015, cuestión de competencia, rec. 44/2014).