Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

absolución

1. Gral. Acción de absolver.
LECrim, arts. 144 y 954.1.d).
2. Proc. Resolución que libera al acusado de todos los cargos.
3. Can. Acto de la potestad de orden mediante el cual el confesor absuelve de sus pecados al penitente que se los manifiesta.
«La confesión individual e íntegra y la absolución constituyen el único modo ordinario con el que un fiel consciente de que está en pecado grave se reconcilia con Dios y con la Iglesia; solo la imposibilidad física o moral excusa de esa confesión, en cuyo caso la reconciliación se puede tener también por otros medios» (CIC, c. 960).
4. Can. Acto de la potestad de jurisdicción mediante el cual la autoridad eclesiástica declara que una acusación no subsiste, o bien remite una pena.

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