Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

órgano superior municipal

Sublema de órgano
Adm. Condición legalmente atribuida en los municipios de gran población al alcalde y los miembros de la junta de gobierno local, que determina el sometimiento al régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
LRBRL, art. 130.