Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

órgano

1. Adm. Cada una de las dependencias dotadas de funciones propias en que se dividen las administraciones públicas. Pueden tener o no personalidad jurídica propia.
2. Gral. Institución, establecimiento.
3. Pen. Cada una de las partes del cuerpo humano que ejerce una función, que según la jurisprudencia ha de ser independiente y relevante para la vida o la salud.
4. Pen. Objeto de los delitos agravados de lesiones y del delito de tráfico de órganos humanos.
CP, arts. 149 , 150 y 156 bis.
5. Can. Concepto que por su carácter abstracto y general ha permitido su aplicación y uso extensivo, y que algunos canonistas han considerado adecuado utilizar para captar algunas realidades eclesiales, especialmente las relacionadas con las funciones jerárquicas.
El significado del término órgano no es unívoco y frecuentemente ha dado lugar a que se planteara la cuestión de si debía entenderse como el oficio de forma abstracta o, por el contrario, como la persona o grupo titular del mismo.

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