Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

órbita geoestacionaria

Int. púb. Órbita situada a unos 36 000 kilómetros del ecuador de la Tierra en la que los satélites artificiales se mueven en sincronía con la rotación terrestre y que resulta técnicamente idónea para la ubicación, sobre todo, de satélites de telecomunicaciones, pero que posee una capacidad limitada de recepción de satélites en condiciones de seguridad.
Su uso equitativo como recurso natural está pendiente de regulación internacional en el marco del derecho del espacio.