- zona económica exclusiva
- Int. púb. Área situada más allá del mar territorial y adyacente a este que se extiende hasta las 200 millas marinas medidas desde las líneas de base del mar territorial, sujeta a un régimen jurídico específico que comporta en beneficio del ribereño el reconocimiento de derechos de soberanía para la exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales de las aguas suprayacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, de jurisdicción en relación con ciertas actividades y también competencias de policía y sancionadoras.
Los derechos y deberes de los demás Estados en esas aguas conciernen a las libertades de navegación y sobrevuelo y de tendido de cables y tuberías submarinos, y de otros usos del mar relacionados con dichas libertades. CNUDM, arts. 55-58 y sigs .y 73; Ley 15/1978, de 20 de febrero , de zona económica exclusiva.
Sublema de zona