Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

vía marítima archipelágica

Sublema de vía1
Int. púb. Línea axial continua trazada en las aguas archipelágicas, desde los puntos de entrada de las rutas normales de paso utilizadas en la navegación internacional hasta los puntos de salida, y en su caso los dispositivos de separación del tráfico para el paso seguro de buques por canales estrechos, que el Estado archipelágico somete a la aprobación de la Organización Marítima Internacional, con la que previamente debe convenir su adopción. En su paso por tales vías, los buques y las aeronaves no se apartarán más de 25 millas marinas hacia uno y otro lado de tales líneas axiales, con la salvedad de que no se aproximarán a una distancia de la costa inferior al 10 % de la distancia entre los puntos más cercanos situados en islas que bordeen la vía marítima.
CNUDM, art. 53.4-11.

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