Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

vehículo de motor híbrido

Adm. y Eur. Vehículo de motor propulsado mediante, al menos, dos convertidores de energía distintos con sus correspondientes sistemas de almacenamiento.
Reglamento n.º 83 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE): Disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos por lo que respecta a la emisión de contaminantes según las necesidades del motor en materia de combustible [2015/1038], 2.21.1.