Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

vehículo de motor eléctrico híbrido

Adm. y Eur. Vehículo de motor híbrido propulsado con energía procedente de dos o más sistemas instalados en el propio vehículo, uno de ellos de almacenamiento de energía eléctrica.
Reglamento n.º 83 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE): Disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos por lo que respecta a la emisión de contaminantes según las necesidades del motor en materia de combustible [2015/1038], 2.21.2.