- vehículo de motor bicombustible
- Adm. y Eur. Vehículo de motor equipado con dos sistemas de almacenamiento de combustible para facilitar su propulsión.
Reglamento (UE) n.º 1014/2010 de la Comisión, de 10 de noviembre de 2010 , sobre el seguimiento y la presentación de datos relativos a la matriculación de los turismos nuevos de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 443/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 1.
Sublema de vehículo de motor, vehículo