- unión de hecho estable
- Civ.; Nic. Unión que descansa en el acuerdo voluntario entre un hombre y una mujer que, sin impedimento legal para contraer matrimonio, libremente hacen vida en común de manera estable, notoria y singular, mantenida al menos por dos años consecutivos.
Ley n.º 870 , Código de Familia, art. 83.