Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

traslado

1. Proc. Acto del órgano jurisdiccional por el que se remiten las actuaciones judiciales o parte de ellas a las partes, a otro órgano o a terceros.
«Por providencia se oyó a las partes sobre la posible nulidad de actuaciones, al no haberse dado traslado de las mismas a la Administración demandada durante la 1.ª Instancia» (STS, 3.ª, de 21‑VII‑1995, rec. 9645/1990).
2. Lab. Modificación del contrato de trabajo por la que el trabajador pasa a prestar sus servicios en otro centro de trabajo, con cambio de residencia.
TRET, art. 40 ; Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, arts. 78 y sigs. El traslado de un trabajador que no haya sido contratado específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que exija cambios de residencia está sujeto a una serie de requisitos formales y motivacionales.

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